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China supera a EE.UU. como nación comercial más importante del mundo

2 de abril de 2013 Deja un comentario

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China ha sobrepasado Estados Unidos y se convierte así en la nación comercial más importante del mundo por volumen de exportaciones e importaciones durante el año pasado, informa el portal del periódico ‘Bloomberg’.

La publicación considera a estos resultados “un gran logro en el desafío de la nación asiática al dominio de EE.UU. en el mercado global”.

Mientras que la suma de las importaciones y exportaciones de EE.UU. en 2012 ascendió a 3,82 billones de dólares, según informó el Departamento de Comercio del país norteamericano, la administración de aduanas de China informó que el comercio total de su país alcanzó los 3,87 billones. China tuvo un superávit de 231.100 millones de dólares en el comercio anual, mientras que EE.UU. tuvo un déficit de 727.900 millones.

China se está convirtiendo en el socio más importante para países europeos como Alemania, que a finales de la década exportará a China el doble de lo que va a exportar a la vecina Francia, opina el representante del Grupo Goldman Sachs, Jim O’Neill.

“Para muchos países en todo el mundo, China se está convirtiendo rápidamente en el socio comercial bilateral más importante”, añadió el economista. Pese a todo, el volumen general de la economía de EE.UU. es más de dos veces mayor que el tamaño de la economía china, según el Banco Mundial. En 2011, el producto interno bruto (PIB) de EE.UU. llegó a 15 billones de dólares, mientras que el de China ascendió a 7,3 billones. “Es notable que una economía de tan solo una fracción del tamaño de la economía de EE.UU. tenga un volumen de comercio mayor”, comentó Nicholas Lardy, del Instituto Peterson de Economía Internacional en Washington.

China tiene las mayores reservas mundiales de moneda extranjera, es el mayor consumidor de energía, cuenta con el mayor mercado mundial de automóviles y también se convirtió en el mayor exportador de mercancías en el año 2009 y mantiene esta posición hasta ahora. Estados Unidos, por su parte, sigue siendo el mayor importador del mundo.

Fuente: http://elmetronews.com

Providencia mediante la cual se establecen los Requisitos y Trámites para Operaciones de Exportación.

6 de septiembre de 2012 Deja un comentario

Gaceta Oficial N° 40.000 de fecha 4 de septiembre de 2012

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI)

Providencia N° 111

Caracas, 23 de agosto de 2012

Año 202° y 153°

De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 28 del Convenio Cambiario N° 1 suscrito entre el Ejecutivo Nacional por órgano del otrora Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela, en fecha 05 de febrero de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.625 de la misma fecha, reimpreso, por error material, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.653 de fecha 19 de marzo de 2003, los artículos 6 y 9 del Convenio Cambiario N° 4, de fecha 22 de Julio de 2003 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.737 de la misma fecha, reformado en fecha 03 de octubre de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.790 de fecha 06 de octubre de 2003 y el artículo 5 del Convenio Cambiario N° 12, de fecha 15 de Julio de 2010, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.485 de fecha 11 de agosto de 2010, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), dicta la siguiente:

PROVIDENCIA MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y TRÁMITES PARA OPERACIONES DE EXPORTACIÓN

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Objeto

Artículo 1. La presente Providencia regula los requisitos y el trámite que los exportadores deben cumplir para registrar la exportación de bienes, servicios y tecnología y para demostrar la venta de divisas al Banco Central de Venezuela (BCV), cuando la operación represente un ingreso de divisas al usuario.

Ámbito de Aplicación

Artículo 2. Quedan sujetas a esta normativa las personas naturales o Jurídicas domiciliadas en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela que realicen operaciones de exportación.

Quedan exentos del cumplimiento de los trámites previstos en la presente Providencia los exportadores del sector público, las Representaciones Diplomáticas, Consulares y Organismos Internacionales, acreditados en la República Bolivariana de Venezuela.

Definiciones

Artículo 3. A los efectos de esta Providencia, se entenderá por:

1. Envío de muestras: Operación de exportación mediante la cual se remiten mercancías de una dase de productos ya terminados o que se estimen producir en cantidad, que tenga como destino promover, promocionar, o dar a conocer un determinado producto y por lo tanto no representan una venta ni ingresos de divisas al país.

2. Exportación: Operación que consiste en el envío de bienes nacionales o nacionalizados, servicios o tecnología, hada territorio extranjero para su uso o consumo en el exterior.

3. Microempresario: Usuario que bajo cualquier forma de organización o gestión productiva, desarrolle o tenga iniciativas para realizar actividades de comercialización, prestación de servicios, transformación y producción industrial, agrícola o artesanal de bienes; que, en el caso de ser persona jurídica, deberá contar con un número total no mayor de diez (10) trabajadores o trabajadoras, o generar ventas anuales hasta por la cantidad de nueve mil Unidades Tributarias (9.000 U.T.).

4. Reimportación: Aquella figura derivada de una exportación, mediante la cual retoman al Territorio Aduanero Nacional, las mercancías exportadas a titulo definitivo tras ocurrir alguno de los supuestos establecidos en la legislación aplicable en materia aduanera.

5. Reintroducción: Aquel acto mediante el cual ingresan nuevamente al Territorio Aduanero Nacional, aquellas mercancías Exportadas Temporalmente (ET) o Exportadas Temporalmente Para Perfeccionamiento Pasivo (ETPP), culminándose de esta forma el régimen aduanero especial autorizado.

6. Remisión de mercancías: Operación de exportación mediante la cual las personas jurídicas realizan intercambio de inventario relativo a materia prima, partes y piezas, se realiza entre la casa matriz y las sucursales o entre éstas, y por lo tanto, no representa una venta ni ingresos de divisas al país.

7. Usuario: Persona natural o jurídica, domiciliada en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela que realiza operaciones de exportación.

Inscripción en el RUSAD

Artículo 4. Las personas sujetas a la aplicación de la presente Providencia, deben inscribirse por una sola vez en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD).

Las personas jurídicas deberán inscribirse de conformidad con las normas establecidas en la Providencia relativa al registro de usuarios y las personas naturales, deberán registrarse a través del portal electrónico de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).

Registro para Importador – Exportador

Artículo 5. Los usuarios que realicen operaciones de exportación e importación, así como aquellos que realicen operaciones bajo el régimen de Admisión Temporal para el Perfeccionamiento Activo (ATPA), deberán indicar en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD) como Tipo de Actividad las opciones Importador y Exportador.

Presentación de Recaudos

Artículo 6. Los recaudos necesarios para que el usuario realice el trámite a que se refiere la presente Providencia deberán ser presentados, tanto en su original como en sus copias, a través del operador cambiario autorizado, debidamente identificados, legibles y organizados en el orden establecido en esta Providencia y en la normativa dictada a tales efectos.

En el caso de aquellos documentos que, de conformidad con lo dispuesto en esta Providencia, hayan de consignarse en fotocopia, la presentación del documento original se realizará a los fines de cotejar los mismos con las fotocopias suministradas. Una vez que el operador cambiario autorizado realice dicho cotejo, devolverá al usuario los originales respectivos y conservará las copias debidamente firmadas y selladas, a los fines de dejar constancia expresa de la verificación efectuada.

El usuario debe mantener por cinco (5) años la documentación que respalde el registro de la exportación realizada y la venta de divisas al Banco Central de Venezuela (BCV).

El operador cambiario autorizado deberá verificar la consignación, por parte del usuario, de todos los recaudos exigidos en la presente Providencia.

Presentación de Documentos emitidos en el exterior

Artículo 7. Los documentos emitidos por personas naturales o jurídicas domiciliadas en el exterior, deberán presentarse debidamente legalizados por ante la Embajada o Consulado de la República Bolivariana de Venezuela o apostillados por ante la autoridad competente en el país de su emisión o suscripción, traducidos por intérprete público si están redactados en idioma diferente al castellano.

Solicitud de Información

Artículo 8. La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), podrá requerir la información o recaudos que considere pertinentes, en documentos originales, copias fotostáticas o por vía electrónica. Dicha documentación será remitida, salvo disposición en contrario, a través del operador cambiado autorizado, a los fines de su tramitación.

Obligación de los Operadores Cambiarios

Artículo 9. Los operadores cambiarios autorizados deberán remitir mensualmente a la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), por medios físicos o electrónicos, relación detallada de la venta de las divisas producto de las operaciones de exportación, la cual debe indicar:

1. Número y fecha del formulario de notificación de venta de divisas emitido por el Banco Central de Venezuela (BCV) para las operaciones de exportación.

2. Número de Registro Único de Información Fiscal (RIF) y nombre o razón social del usuario.

3. Número y monto en divisas de la factura comercial definitiva.

El Banco de Comercio Exterior (BANCOEX) deberá remitir mensualmente a la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), el cronograma de pagos de sus programas de financiamiento, a los fines de verificar los montos en divisas que deberá retener por concepto de reintegro de los financiamientos otorgados, todo esto de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Convenio Cambiario N° 4 de fecha 6 de octubre de 2003.

Principio de Cooperación

Artículo 10. La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) en el ámbito de sus competencias podrá requerir de los organismos y entes públicos o privados, la información que considere pertinente a los fines de ejercer las atribuciones que le correspondan conforme a lo establecido en la presente Providencia.

CAPÍTULO II
TRÁMITES

Sección Primera
Disposiciones Comunes

Exportaciones de Microempresarios

Artículo 11. Los microempresarios deberán cumplir con todos los requisitos y trámites a que se contrae la presente Providencia, cuando las operaciones de exportación excedan la cantidad de diez mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 10.000) mensuales.

Sin perjuicio de lo establecido en el encabezado del presente artículo, los microempresarios, independientemente del monto de las operaciones de exportación que realicen, se encuentran en la obligación de vender, a través de su operador cambiario autorizado, las divisas que obtengan al Banco Central de Venezuela (BCV).

Exportaciones Sujetas al Financiamiento de BANCOEX

Artículo 12. Los usuarios que realicen actividades de exportación con financiamiento otorgado por el Banco de Comercio Exterior (BANCOEX), deberán remitir a dicha Institución las planillas indicadas en los artículos 14, 15 y 23 de esta Providencia, cuando corresponda.

Plazos de Crédito

Artículo 13. Los plazos de crédito otorgados a través de la facturación de las operaciones de exportación, deberán realizarse en un lapso máximo de ciento veinte (120) días continuos a partir de la realización de la exportación. En caso de exceder el plazo antes señalado, el usuario deberá consignar ante la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), a través del operador cambiario autorizado, copia del contrato, acuerdo o convenio de compra venta en el cual conste la obligación y condiciones de pago de la exportación.

Sección Segunda
Registro de la Exportación

Registro del Pago Anticipado

Artículo 14. Cuando los usuarios, por la naturaleza de la exportación a efectuarse, reciban un pago anticipado, deberán registrar a través del portal electrónico de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) el anticipo recibido y obtener la planilla de Anticipo de Exportación (AE).

Registro de la Exportación

Artículo 15. El usuario deberá registrar la exportación, a través del portal electrónico de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), y obtener la planilla correspondiente a la Exportación Realizada (ER), a partir del quinto (5°) día hábil siguiente a la realización de la exportación o a la presentación de la Declaración de Aduana ante la autoridad aduanera competente, cuando corresponda; incluso cuando se trate de remisión de mercancías, reemplazo de mercancía o envío de muestras de conformidad con lo previsto en esta Providencia.

Reimportación y Reintroducción

Artículo 16.

Cuando los bienes exportados, retornen al territorio aduanero nacional, bien por reimportación o por reintroducción, de acuerdo con las circunstancias y lapsos establecidos en la Ley que regula la materia, el usuario deberá consignar además de los recaudos exigidos en el artículo 18 de la presente Providencia, la documentación relativa al ingreso de dichos bienes, conforme al régimen aduanero vigente.

Reemplazo de Mercancías

Artículo 17. Cuando realizada la exportación, el usuario en cumplimiento de los términos pactados contractualmente, reemplace mercancías, deberá indicar en la Planilla de Exportación Realizada (ER) que dicha operación, no le genera ingreso de divisas y consignar, además de los recaudos exigidos en el artículo 18 de la presente Providencia, la documentación relativa a la reimportación de la mercancía a ser sustituida.

Documentos de Exportaciones Realizadas

Artículo 18. El usuario deberá remitir a la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), dentro de los primeros veinte (20) días de cada mes, a través del operador cambiario autorizado, los documentos que se indican a continuación, relacionados con las exportaciones realizadas en el mes inmediatamente anterior:

1. Planillas correspondientes a las Exportaciones Realizadas (ER) obtenidas por medios electrónicos.

2. Copia de las Declaraciones de Aduana.

3. Copia de las facturas comerciales definitivas, las cuales deben estar expresadas en moneda extranjera y su equivalente en moneda nacional, con la indicación del tipo de cambio, de acuerdo con la normativa dictada a tales efectos.

4. Copia del contrato, acuerdo o convenio donde conste la exportación, la obligación y condiciones de pago de la misma, cuando corresponda.

5. Documentos que demuestren el régimen de salida de la mercancía, cuando corresponda.

Sección Tercera
Demostración de Venta de Divisas

Obligación de Venta De Divisas al BCV

Artículo 19. Serán de venta obligatoria al Banco Central de Venezuela (BCV), las divisas producto de:

1. Exportaciones de bienes, servicios o tecnología.

2. Arrendamiento, servicios u otros derechos generados por los bienes bajo régimen de Exportación Temporal (ET).

3. Exportación Temporal (ET) o Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo (ETPP), de bienes, cuando transcurrido el lapso autorizado para efectuar la reintroducción de la mercancía, ésta no hubiere ocurrido.

En caso de otorgarse prórroga a la autorización de Exportación Temporal (ET) o Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo (ETPP), por parte de la autoridad aduanera competente, el usuario deberá notificar a la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al otorgamiento de ésta.

Excepción de Venta de Divisas al BCV

Artículo 20. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15, no procederá la venta de las divisas a que se refiere el artículo anterior, en aquellos casos de exportaciones bajo el régimen de Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo (ETPP), o cuando se trate de Remisión de Mercancías o Envío de Muestras de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la presente Providencia.

Porcentaje de Retención y su Administración

Artículo 21. Los exportadores podrán retener y administrar hasta un máximo del treinta por ciento (30%) del ingreso que perciban en divisas, en razón de las exportaciones realizadas; este porcentaje será destinado a cubrir los gastos derivados de la actividad de exportación, distintos a la deuda financiera, así como para la adquisición de títulos emitidos en divisas por la República o sus entes descentralizados, a los efectos de ser negociados en los mercados Internacionales, o, en bolívares, a través del sistema a que se contrae el artículo 1 del Convenio Cambiario N° 18 del 1° de junio de 2010.

Lapso para la Venta De Divisas

Artículo 22. La venta de divisas al Banco Central de Venezuela (BCV) deberá efectuarse a través de los operadores cambiarios autorizados dentro de los cinco (5) días hábiles bancarios siguientes a la disponibilidad de las mismas.

Planilla de Demostración De Venta de Divisas

Artículo 23. Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de haber realizado la venta de divisas al Banco Central de Venezuela (BCV), el exportador deberá obtener a través del portal electrónico de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), la planilla correspondiente a la Demostración de Venta de Divisas (DVD).

Documentos que Demuestran la Venta de Divisas

Artículo 24. A los fines de la demostración de la venta de divisas al Banco Central de Venezuela (BCV), el usuario deberá remitir a la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes a través del operador cambiario autorizado, los siguientes documentos:

1. Planillas correspondientes a la Demostración de Venta de Divisas (DVD), obtenidas por medios electrónicos.

2. Copia de las Facturas comerciales definitivas de exportación.

3. Original y copia de los mensajes Swift correspondientes a las ventas de divisas.

4. Copia del Estado de Cuenta Bancario en Moneda Extranjera, y/o la documentación donde se evidencie la fecha de la disponibilidad de las divisas, de conformidad con el artículo 21 de esta Providencia.

Cuando el usuario haya recibido pago anticipado por la exportación realizada, deberá consignar además:

1. Planilla obtenida por medios electrónicos de conformidad con el artículo 14 de la presente Providencia.

2. Copia del contrato, acuerdo o convenio donde conste la obligación de exportar el bien, el plazo para realzar la exportación y valor de la misma.

3. Copia del cronograma de exportaciones, cuando corresponda.

CAPÍTULO III
DEL CONTROL POSTERIOR

Inspección y supervisión

Artículo 25. La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), gozará de las más amplias facultades de Inspección y supervisión tanto a los usuarios, como a los operadores cambiados autorizados, pudiendo requerir de éstos en cualquier momento, la información o recaudo que fuese necesario para verificar los datos suministrados con ocasión de los trámites establecidos en la presente Providencia.

Suspensión Preventiva de Acceso al Sistema

Artículo 26. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí previstas o en aquellos casos en que existan fundados indicios que el usuario haya suministrado información o documentación falsa o errónea para los trámites a que se contrae la presente Providencia, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), podrá suspender preventivamente el acceso al Sistema de Administración de Divisas, iniciándose con eso los procedimientos administrativos correspondientes, sin perjuicio, de las responsabilidades civiles, penales y administrativas a que hubiere lugar.

Así mismo, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), podrá suspender preventivamente el otorgamiento de las respectivas Autorizaciones de Liquidación de Divisas (ALD) de las solicitudes de autorización de adquisición de divisas destinadas a la importación que se encuentren en curso, cuando el usuario realice simultáneamente operaciones de importación y exportación.

CAPÍTULO IV
DISPOSICIONES FINALES

Primera. La demostración de venta de divisas producto de las operaciones de exportación, realizadas durante la vigencia de la Providencia N° 101, mediante la cual se establecen los requisitos y el trámite para operaciones de exportación, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.347 en lecha 15 de enero de 2010, se regirán por establecido en tal Providencia.

Segunda. Se deroga la Providencia N° 101, mediante la cual se establecen los requisitos y el trámite para operaciones de exportación, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.347 en fecha 15 de enero de 2010.

Tercera. Esta Providencia, entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

WILLIAM RAMÓN FARIÑAS

FELIX OSORIO GUZMAN

AMÉRICO MATA GARCÍA

MAEGUALIDA ANGULO CALZADILLA
Representante del Banco Central de Venezuela

MANUEL BARROSO ALBERTO
Presidente

Sociedad Civil propone crear Consejo de Participación Ciudadana y gestionar reincorporación de Venezuela a la CAN

9 de octubre de 2011 Deja un comentario

La conformación de un consejo andino de participación ciudadana que integre y articule los consejos consultivos y las mesas andinas existentes y otros sectores de la sociedad civil, fue propuesta hoy por los cerca de tres mil participantes en las Jornadas de Participación Ciudadana en la Integración Regional, que se desarrolló entre el 16 y 18 de septiembre en la ciudad boliviana de Cochabamba.

La propuesta está contenida en la Declaración emitida por los ciudadanos andinos y representantes de los Pueblos Indígenas, Pueblos afrodescendientes, trabajadores, mujeres, jóvenes, productores, empresarios de Bolivia y de los Países Miembros de la Comunidad Andina que participaron en dichas Jornadas.

A través de la misma Declaración, demandaron a los Gobiernos andinos a hacer las gestiones necesarias para la reincorporación plena de la República Bolivariana de Venezuela a la Comunidad Andina.

Asimismo, propusieron a los Presidentes y Cancilleres de los países de la CAN que el 2012 sea declarado como el Año Andino de la Diversidad e Interculturalidad, con el objeto de promover el reconocimiento de nuestra identidad andino-pacífico-amazónica y el respeto de nuestro patrimonio natural y cultural compartido.

Al término de la reunión aprobaron las conclusiones y recomendaciones sobre las prioridades expresadas en cada una de las mesas y submesas, para sean entregadas a las autoridades de los países de la Comunidad Andina.

Entre las recomendaciones y propuestas que formulan los participantes de las Jornadas están consolidar el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas en los países de la CAN; instalar la Mesa del Pueblo Afrodescendiente de la Comunidad Andina en el mes de noviembre del presente año; profundizar el comercio intracomunitario; aprobar la propuesta del Programa Andino para la Equidad de Género e Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres que ya ha sido presentada al Consejo Andino de Cancilleres; superar el sistema patriarcal y colonial en la región andina; trabajar en una moneda única intrarregional; velar por el respeto a la Madre Tierra y a enfrentar juntos el grave problema mundial del Cambio Climático, entre otros.

Las Jornadas fueron clausurados por el Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Álvaro García Linera, y por el Secretario General a.i. de Comunidad Andina, Adalid Contreras Baspineiro.

Este gran encuentro fue organizado, en el marco del “Año Andino de Integración Social 2011”, por el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y la Secretaría General de la Comunidad Andina, con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la Cooperación Francesa, la Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ), la Embajada de Alemania en Bolivia y la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD).

DECLARADA SIN LUGAR APELACIÓN FORMULADA POR EL FISCO NACIONAL

20 de julio de 2011 Deja un comentario

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
En Sala Político Administrativa
(PRENSA TSJ).- La Sala Político Administrativa en ponencia de la magistrada Trina Omaira Zurita, declaró sin lugar la apelación formulada por la representación judicial del Fisco Nacional, contra la sentencia No. 0072/2010 dictada por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 30 de noviembre de 2010, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente Servinave, C.A., la cual se confirmó. La decisión del Alto Tribunal establece que no procedió la condenatoria en costas contra el Fisco Nacional y se confirmó la orden impartida a la Administración Aduanera para que emita nueva Planilla de Liquidación, con base a lo decidido en el presente fallo.

Igualmente el TSJ exhortó al Ministerio Público y a la Administración Aduanera, a determinar la real situación de la zona en la que estaban ubicados los contenedores en la Aduana Principal de La Guaira del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), a los fines de establecer las responsabilidades a que hubiere lugar, en caso de verificar la existencia de un daño ambiental o a la salud.

Del mismo modo, se instó, de ser procedente, al inicio de los procedimientos administrativos correspondientes conforme a lo previsto en la Ley Penal del Ambiente y en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

En el presente caso, el 17 de marzo de 2010, la Gerencia de la Aduana Principal de La Guaira Seniat dictó la Resolución de multa SNAT/INA/GAP/LAG/ARA/UAR/2010/N° 065, y el día 23 de marzo de 2010, emitió las restantes Resoluciones Nos. SNAT/INA/GAP/LAG/ARA/UAR/2010/Nos. 071, 073 y 075, mediante las cuales se le impuso al Agente Naviero Servinave, C.A., la sanción pecuniaria prevista en el artículo 118 de la Ley Orgánica de Aduanas de 2008, por los montos en moneda actual de ciento 140.000,00; 10.000,00; 12.000,00; y 130.000,00; respectivamente, para un total de 292.000,00; en razón de haber reembarcado 24 equipos de transporte (contenedores vacíos) fuera del plazo establecido en el artículo 79 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas de 1991.

El 11 de mayo de 2010, la representación judicial del Agente Naviero interpuso recurso contencioso tributario contra las Resoluciones y Planillas referidas, alegando lo siguiente: violación de los artículos 49 al 52 de la Ley Orgánica de Aduanas de 2008; y vicio de falso supuesto de derecho en razón de la errónea interpretación de los artículos 118 de la Ley Orgánica de Aduanas de 2008 y 79 de su Reglamento del año 1991. El recurso fue declarado parcialmente con lugar por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

La representación judicial del Fisco Nacional fundamentó su apelación afirmando que el Tribunal Superior incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho, así como la representación fiscal luego de citar el artículo 32 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y Otros Regímenes Aduaneros Especiales de 1996, expresó que la Administración Aduanera “le otorgó tratamiento de mercancía a los contenedores y demás instrumentos que se utilizan para el transporte de mercancías y que es clara la intención de crear un régimen jurídico propio, para el ingreso y la salida de los contenedores y demás instrumentos de transporte”.

Observó la Sala que vistos los términos en que fue dictado el fallo apelado, las alegaciones expuestas en su contra por la representación judicial del Fisco Nacional, así como las defensas esgrimidas por la apoderada en juicio de la sociedad mercantil Servinave, C.A., que en el presente caso la controversia planteada queda circunscrita a decidir si el Tribunal de instancia incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho “que lo lleva a aplicar erróneamente el derecho”, al desestimar la sanción impuesta conforme al artículo 118 de la Ley Orgánica de Aduanas de 2008 y establecer que la norma aplicable al presente caso es la contenida en el artículo 121, numeral 6 de dicha Ley, en razón de haber considerado a Servinave, C.A., como Auxiliar de la Administración Tributaria.

Después de estudiar el caso la Sala Político Administrativa desestimó los alegatos presentados por la representación judicial del Fisco Nacional contra el fallo apelado y, por tanto, declarar ajustado a derecho el pronunciamiento del Juez Superior sobre este particular.
http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/Julio/00928-13711-2011-2011-0216.html

Conindustria prevé alza en costo de las importaciones

23 de junio de 2011 Deja un comentario

El gremio dice que las nuevas tarifas portuarias tendrán efecto en los precios
A finales de este mes entrarán en vigencias las nuevas tarifas ARCHIVO
ROBERTO DENIZ |  EL UNIVERSAL
jueves 23 de junio de 2011  12:00 AM
La mercancía importada que arriba al mercado local será más costosa a raíz del incremento de tasas y tarifas portuarias, según afirmó Carlos Larrazábal, presidente de la Confederación Venezolana de Industriales (Conindustria).

«El Gobierno sigue tomando medidas que suben los costos (… ) El 70% de los alimentos que consumimos en Venezuela ahora vienen de otros países y ahora los procesos de nacionalización van a ser más costosos», dijo Larrazábal.

A finales de este mes entrarán en vigencia las nuevas tasas y tarifas portuarias, aprobadas por el Ejecutivo nacional y en el sector manufacturero no dudan del impacto que estas medidas tendrán en los costos.

«El mismo Gobierno toma medidas que incrementan las estructuras de costos y obviamente afectan la estructura de precios a nivel nacional de múltiples productos», indicó el representante de los industriales locales.

Además el directivo criticó que mientras las empresas estatales han aumentado los precios de sus servicios y productos, a los privados se le mantiene la política de control de precios.

La Cámara de Comercio de Puerto Cabello (CCPC) también ha señalado el efecto inflacionario que tendrán las nuevas tasas y tarifas portuarias. De acuerdo a los cálculos del gremio, los servicios portuarios se elevarán, al menos, un 53%.

«Acarrearán lógicamente un aumento general de los servicios prestados por Bolipuertos, que indiscutiblemente va a repercutir en la inflación que tanto ha perjudicado a las venezolanos», dijo el martes la CCPC en un comunicado.

rdeniz@eluniversal.com

Aseguran que servicios portuarios subirán 53%

21 de junio de 2011 Deja un comentario

La Cámara de Comercio de Puerto Cabello (Cpcc) reiteró que los ajustes de las tasas y tarifas portuarias por parte del Gobierno suponen un salto en los costos portuarios.
Se han agregado costos por conceptos que antes no se contemplaban
 
ROBERTO DENIZ |  EL UNIVERSAL
martes 21 de junio de 2011  01:30 PM
 
Caracas.- Las nuevas tarifas portuarias, implementadas por el Ejecutivo nacional, aumentarán en un 53% los costos portuarios, según informó la Cámara de Comercio de Puerto Cabello (Ccpc).

«No sólo este tarifario resulta confuso en su redacción sino que además incrementará los costos portuarios en general, al menos en un 53% al tipo de cambio de 4,30, sin contar con los aumentos que se producirán en los fletes y eventuales recargos adicionales», expresó el gremio en una nota de prensa.

Asimismo, se advierte que con la actualización de las tasas portuarias y del tarifario de servicios portuarios se han agregado costos por conceptos que antes no estaban contemplados o estaban incluidos en un solo tipo de servicios.

«Se pretende a través del tarifario de servicios portuarios, cobrar adicionalmente al importador y exportador, por servicios tales como manejo de contenedores desde costado de buque al patio, manejo de contenedores en el patio por elevadoras y furgonetas, vaciados, vigilancia y emisión de documentación, cuando éstos son inherentes al depósito y almacenamiento ya pechado por la Ley de Tasas Portuarias».

A diferencia de la postura de la estatal Bolivariana de Puertos (Bolipuertos), la Ccpc reiteró que el incremento tendrá un impacto en el costo de las importaciones y, en consecuencia, en el bolsillo de los consumidores.
«Acarrearán lógicamente un aumento general de los servicios prestados por Bolipuertos, que indiscutiblemente va a repercutir en la inflación que tanto ha perjudicado a las venezolanos».

Prevén subida en el precio de los fletes marítimos

18 de junio de 2011 Deja un comentario

Reiteran que nuevas tarifas portuarias elevarán costos de las importaciones
Empresarios desestiman versión de Bolipuertos Enio perdomo/archivo
ROBERTO DENIZ |  EL UNIVERSAL
sábado 18 de junio de 2011  12:00 AM
Representantes de la actividad portuaria desestimaron la información ofrecida por Bolipuertos en la que se asegura que los servicios portuarios no subieron de precios.

«Los opinadores de oficio no nos sorprenden, se expresan sin presentar estudios serios, estadísticos, ni basamento científico», expresó Elsa Gutiérrez Graffe, presidenta de Bolipuertos, en una nota publicada en la web de la estatal. Allí detalló que las nuevas tarifas portuarias, publicadas en la Gaceta Oficial 39.689 de fecha 6 de junio, suponen, en algunos casos, disminuciones de hasta 54,02%.

Esta versión difiere del estudio realizado por la Cámara de Comercio de Puerto Cabello (Ccpc), en el cual se afirma que sólo con la actualización de las tasas portuarias hay servicios que se elevarán hasta en un 400%.

Una fuente ligada a la actividad portuaria, que prefirió reservar su identidad, aseguró que la opinión de la presidenta de Bolipuertos es incierta. «Ellos no van a asumir que efectivamente se están propiciando aumentos».

Asimismo, explicó que algunas líneas navieras contemplan aumentar el costo de los fletes marítimos ante el nuevo régimen tarifario impuesto por el Ejecutivo. «Las líneas navieras ya lo han dicho, ellos no van asumir los costos», sostuvo la fuente consultada.

Detalló que actualmente un flete de un contenedor de 40 pies procedente de China cuesta, en promedio, entre 3.000 y 4.000 dólares, pero hacia países vecinos de la región sólo supone un importe de 2.000 dólares. Las nuevas tasas y tarifas portuarias sólo aumentarán el valor de los fletes, dijo la fuente.

rdeniz@eluniversal.com

Luz Verde a la Prosperidad

7 de junio de 2011 Deja un comentario

Nuevas Tasas Portuarias……

7 de junio de 2011 Deja un comentario

Profesores en Pie de Lucha

7 de junio de 2011 Deja un comentario

Las carreteras interoceánicas se suman al desarrollo de América Latina

29 de enero de 2011 Deja un comentario

La costa pacífica de Suramérica se convierte en escenario de importantes inversiones.
Los nuevos proyectos viales que cruzan Suramérica desde el océano Atlántico hasta el Pacífico consolidarán el rol de Brasil como líder del continente, y abrirán una nueva salida de exportación hacia Asia.
Esas carreteras no redefinirán las rutas del comercio mundial como lo hizo el Canal de Panamá, pero su impacto será considerable.
Perú dice que las rutas -que eventualmente conectarán directamente con cinco puertos en su costa del Pacífico- le ayudarán a convertirse en un punto estratégico entre dos de los mercados emergentes más grandes del mundo: Brasil y China.
La primera de las tres carreteras transcontinentales que pasarán por Perú ya fue abierta, y los defensores del medio ambiente han advertido sobre una mayor deforestación en la cuenca del Amazonas.
La carretera tiene una longitud de 5.438 kilómetros, unos 1.400 kilómetros más que el trayecto entre las ciudades de Los Ángeles y Nueva York. Otra ruta, que une a Brasil con Bolivia y Chile, fue inaugurada a fines del año pasado.
Los proyectos son un ejemplo concreto de las llamadas inversiones sur-sur, que esquivan los mercados tradicionales del mundo desarrollado y reflejan un cambio en la economía global.
“Brasil siempre ha mirado su relación internacional por el Atlántico. No tenía una vía efectiva o eficiente de llegar al Pacífico para tener un vínculo con los países asiáticos. Tenía que usar el Canal de Panamá o el Estrecho de Magallanes”, dijo Juan Zevallos, presidente del regulador del transporte peruano Ositran “Ahora existe una alternativa”, agregó.
China ya desplazó a Estados Unidos como el principal socio comercial de Brasil, con un intercambio que alcanzó los 56.000 millones de dólares el año pasado, 25 veces más que los flujos registrados en el 2000.
En los últimos cinco años, Perú y Chile han firmado pactos de libre comercio con China, cuyo voraz apetito por minerales lo han convertido en su mayor socio comercial junto a Estados Unidos.
Zevallos dijo que la nueva infraestructura modificará el escenario geopolítico a medida que China demande más alimentos, minerales y petróleo de Sudamérica, un continente rico en recursos naturales. Ositran regula concesiones en infraestructura por 5.000 millones de dólares, muchas de ellas proyectos ‘interoceánicos’.
Odebrecht, la firma brasileña que construyó la carretera, planea invertir 10.000 millones de dólares en proyectos de infraestructura -desde agua y energía hasta más caminos- en Perú en los próximos cinco años.

Amenazas ambientales
Las carreteras no vienen sin costos. Estas pasan por varios de los puntos más prístinos de la Amazonía y ayudarían a la deforestación
a medida que los ganaderos y agricultores buscan tierras más baratas.
En agosto, incendios causados por agricultores con el fin de limpiar la maleza cubrieron con humo partes de la Amazonía.
La vía también ha disparado la explotación ilegal de oro.

Crece economía alrededor de vías
El sur de Perú, donde la carretera desde Brasil se divide en tres caminos que van hasta los puertos en el Pacífico como el de Matarani, ya ha visto una mejora económica gracias a estas nuevas vías.
José Luis Bonifaz, economista de la Universidad del Pacífico, afirmó que la carretera sumará 1.500 millones de dólares, un punto porcentual al Producto Interno Bruto anual de Perú, que habría crecido el año pasado cerca de un 9 por ciento.
“El tráfico ya superó lo que habíamos proyectado para el 2020 y 2021, así que el impacto económico es aún mayor”, detalló.
Bonifaz agregó que las primeras oportunidades comerciales favorecerán a los peruanos que exportan vegetales y cemento al norte de Brasil, donde los consumidores pagan altos precios por los bienes transportados desde el estado de Sao Paulo.
Operadores portuarios dicen que las oportunidades comerciales con Asia estarían limitadas a los productos fabriles de mayor valor.
“Es mejor y más barato enviar bienes como la soja, mineral de hierro y granos por tren”, dijo James Hall de Galbraith’s, un operador marítimo internacional basado en Londres.
En el largo plazo, una vez que sea inaugurada la ruta en el norte de Perú, se podrán enviar por esta carretera los cargamentos de las plantas de productos electrónicos en Manaus que utilizan componentes de Asia, dijo Bonamigo, de la embajada brasileña.
Erick Hein, gerente del puerto de Matarani en Perú, dijo que los gobiernos no han realizado estudios exhaustivos sobre cómo la vía interoceánica apuntalará el comercio con Asia, a la vez que la consideró como un subproducto inevitable de la integración sudamericana.
 

10.000 millones de dólares en proyectos de infraestructura -desde agua hasta más caminos- se invertirán en Perú en los próximos 5 años.
Reuters

Sudáfrica se presentó como nueva potencia emergente en foro mundial

28 de enero de 2011 Deja un comentario

Ese país ahora hace parte del grupo de potencias económicas emergentes conformado por Brasil, Rusia, India y China, según anunció un ministro de ese país en el Foro Económico de Davos, Suiza.
A Sudáfrica se le había invitado el año pasado a sumarse al grupo de las potencias emergentes, a pesar del peso relativamente débil de su economía.
El ministro de Comercio e Industria sudafricano, Rob Davies, destacó que esta decisión demuestra «el papel fundamental» de su país como mercado emergente.
«Acabamos de sumarnos a los Bric, que ahora son los Brics. Sudáfrica tiene un papel fundamental como mercado emergente», declaró Davies durante el Foro Económico Mundial (WEF) que se celebra en la estación de esquí de los Alpes Suizos.
Con 49 millones de habitantes y un Producto Interno Bruto de 527.000 millones de dólares, Sudáfrica está lejos de Brasil, cuya economía pesa 3 billones de dólares (millones de millones).
Pero, según Davies, sus estrechos lazos con el resto del continente africano justifican que tenga un lugar en ese grupo.
«El continente africano es la próxima gran historia económica. Somos más bien pequeños, pero si tenemos en cuenta el conjunto del continente africano, las cifras se suman», explicó.
Los Bric -acrónimo acuñado en 2001 por el economista de Goldman Sachs Jim O’Neill- forman un grupo dispar de grandes economías emergentes, tres de las cuales (China, India y Brasil) se convirtieron en motor de la recuperación tras haber superado, sin los problemas de los países occidentales, la crisis mundial que estalló en 2008.
De 2000 a 2008, los cuatro miembros del Bric aportaron cerca del 50 por ciento del crecimiento económico mundial y ese porcentaje debe aumentar a 61 por ciento hasta 2014, según proyecciones del Fondo Monetario Internacional (FMI).
Los Bric han celebrado hasta ahora dos cumbres -en Ekaterimburgo (Rusia) en 2009 y en Brasilia en abril del 2010- y buscan tener más peso en los grandes asuntos mundiales, pese a la diversidad de sus intereses.

Cadivi y BCV revisarán solicitudes del cierre de 2010

7 de enero de 2011 Deja un comentario

La evaluación busca detectar cuales de las solicitudes de divisas son efectivamente prioritarias para la población venezolana.
  EL UNIVERSAL
jueves 6 de enero de 2011  11:40 AM
Caracas.- La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) y el Banco Central de Venezuela (BCV) iniciarán el proceso de evaluación de las solicitudes de divisas que se realizaron hasta el 31 de diciembre de 2010 para los rubros que se importaban a una tasa de 2,60 bolívares por dólar. 

Así lo informó el presidente de Cadivi, Manuel Barroso, quien refirió que se trata de garantizar la transición hacia el nuevo esquema para la importación de bienes y servicios cuya tasa de cambio fue unificada por el Ejecutivo Nacional. 

«Vamos a comenzar la tarea de evaluar las solicitudes que se encontraban en tránsito, que de acuerdo a la normativa anterior eran a 2,60 (las importaciones), para darle atención a ellas en función de la instrucción dada por el presidente Chávez», explicó. 

Aunque no precisó mayores detalles, dicha evaluación busca detectar cuales de dichas solicitudes de divisas son efectivamente prioritarias para la población venezolana, reseñó AVN. 

Una vez culminado este proceso las solicitudes de divisas para la importación de productos que sean aprobadas recibirán una tasa a 2,60 bolívares por dólar estadounidense. 

Barroso estima que este proceso de evaluación esté listo esta misma semana por cuanto se realizará de forma rápida. 

«En función de la prioridad, que son alimentos y salud, atenderlas», exclamó. 

Gobierno exonera del IVA a importaciones eléctricas

7 de enero de 2011 Deja un comentario

La medida oficial esablece que ese beneficios se hará para la importación de 1.000 vehículos de transporte de personal y mercancía para la industria eléctrica.
  EL UNIVERSAL
miércoles 5 de enero de 2011  11:47 AM
Caracas.- El Gobierno acordó exonerar del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) «las importaciones definitivas de los bienes muebles corporales, realizadas por los órganos o entes de la Administración Pública, destinados exclusivamente al mantenimiento, atención de fallas, inspección y supervisión del Sistema Eléctrico Nacional (SEN)». 

A través del decreto presidencial 7.980, publicado en la Gaceta Oficial número 39.586, se permite la importación de 1.000 vehículos para el trasporte de mercancías y personas sin el pago del IVA. 

En el decreto se establecen las condiciones y requisitos a cumplir para «el disfrute de esta exoneración». Según el articulado esta normativa tendrá un «plazo máximo de duración de un año» a partir de la publicación del decreto. 

Destaca el texto que «la oficina aduanera de ingreso debe llevar un registro de las operaciones exoneradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), donde se identifique la fecha de importación, las cantidades de bienes, el valor CIF de los bienes importados, el monto del respectivo impuesto de importación y el monto del IVA exonerado, así como el monto de los recargos, derechos compensatorios, derechos antidumping, intereses moratorios y otros gastos que se causen por la importación, según sea el caso». 

La evaluación de este procedimiento, indica el decreto, «se realizará semestralmente, de acuerdo con lo que determine el Seniat. Estos períodos tendrán como referencia el cronograma de ejecución de la actividad u operación exonerada». 

Quedan encargados de efectuar la evaluación del cumplimiento de los resultados esperados conforme lo previsto en este decreto, los ministerios de Planificación y Finanzas y de Energía Eléctrica. 

Corea del Sur, en busca de otro TLC

7 de enero de 2011 Deja un comentario

El primer ministro surcoreano, Kim Hwank Sik, cerró ayer en Uruguay una gira que le llevó a otros dos países del Mercosur, Brasil y Paraguay.
Así mismo, expresó el interés de su país en negociar un acuerdo de libre comercio con el bloque suramericano.
El Primer Ministro surcoreano no hizo declaraciones al término del encuentro, pero el canciller uruguayo, Luis Almagro, explicó que Mujica se comprometió a ayudar a Seúl a que el resto de los países del Mercosur superen sus reticencias para negociar el acuerdo.
“Corea ha planteado con mucha insistencia la posibilidad de firmar un Tratado de Libre Comercio con el Mercosur», dijo el miércoles Almagro.
El volumen de intercambios comerciales entre América Latina y Corea del Sur se ha multiplicado por cuatro en los últimos 15 años, pasando de 9.700 millones de dólares en 1994 a 38.000 millones en 2009, según datos del gubernamental Korea Customs Service (aduanas).

Designada directiva del bloque venezolano al Parlatino

7 de enero de 2011 Deja un comentario

En la postulación de los candidatos para los cargos de Presidencia y Vicepresidencia de la Junta Directiva del Parlatino, el diputado Roy Daza propuso a Rodrigo Cabezas y a Ana Elisa Osorio respectivamente. Mientras tanto la oposición se negó a presentar su oferta al reconocer que por mayoría oficial se aprobarán los aspirantes del PSUV.
Unión Radio
El parlamentario Daza manifestó que la propuesta responde a la conducción de una política. “Responden a las necesidades del desarrollo de la expansión de la actividad parlamentaria internacional de este proceso de cambio revolucionario que hoy vive Venezuela”, indicó.
Por su parte el diputado Henry Ramos Allup explicó que “al constatar una realidad numérica de esta cámara que arroja una correlación de 7 parlamentarios del gobierno y 5 de la oposición democrática venezolana no vamos a proponer nombres porque resulta que la propuesta del diputado Daza es la que va a ser aprobada por mayoría”.
Les auguró éxito en la gestión, la cual sostuvo “va a tener directa correspondencia con el comportamiento de esas autoridades respecto de quienes somos exactamente iguales parlamentarios electos por voluntad popular”.
“Venimos a hacer y a desempeñar el papel de representantes de la voluntad popular venezolana que está en desacuerdo con cómo está haciendo las cosas elpresente gobierno”, dijo Allup.
Al resaltar que aunque apoyan la integración latinoamericana y defienden la soberanía de la Nación, la cual a su juicio “puede vulnerarse desde afuera y desde adentro”, Allup puntualiza que al examinar el caso venezolano se puede constatar “que en vez de integrarnos nos estamos desintegrando”.
“Nos retiramos del G3, del grupo andino, no nos dejan ingresar al Mercosur y cada cierto tiempo nos anuncian que casi nos vamos a retirar de la OEA y de la CIDH; frente a esto la temperamentalidad de la política exterior venezolana concibe una institución de patas y trayectos cortos que es el ALBA y que no va a tener éxito porque se percibe adentro y  afuera como instrumento de proyección del proyecto político personal del presidente Chávez, con quien nos integramos así”, se pregunta.
Union Radio.

Gobierno pierde litigio

7 de enero de 2011 Deja un comentario

Después de dos años de litigios en la corte internacional del Banco Mundial (Ciadi  o Icsid), Cemex ganó el primer “round” al gobierno de Hugo Chávez por la expropiación de sus plantas de cemento en Venezuela, al recibir un fallo favorable unánime para que dos empresas establecidas en Holanda, propiedad de la cementera mexicana, reclamen la violación al acuerdo de protección de inversiones firmado entre Venezuela y Holanda en 1991.
“El tribunal (arbitral) por unanimidad decide (…) Que tiene competencia sobre las reclamaciones presentadas por Cemex Caracas y Cemex Caracas II en tanto las mismas estén basadas sobre los supuestos incumplimientos del Acuerdo sobre la Promoción y Protección de Inversiones celebrado el 22 de octubre de 1991 entre el Reino de los Países Bajos y la República de Venezuela”, resolvió el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), informó el portal elsemanario.com.mx.
El Ciadi (International Centre for Settlement of Investment Disputes, Icsid) es el tribunal del Banco Mundial que se encarga de dictaminar las diferencias entre los Estados nacionales y los inversionistas privados en los países donde fungen como empresas extranjeras.
El fallo unánime “sobre jurisdicción” de las empresas holandesas propiedad de Cemex para demandar la protección del acuerdo firmado por Venezuela y el Reino de los Países Bajos se dictó el pasado 30 de diciembre.
Según la cementera mexicana, por el momento es imposible considerar “el grado de posibilidad de recuperar cualquier compensación monetaria emitida a favor de Cemex Caracas”.

El IPC en Venezuela fue de 28%

5 de enero de 2011 Deja un comentario

Entre las 42 principales economías del mundo, el país bolivariano registró el año pasado la tasa más alta. 
Venezuela se convirtió en el país con la inflación más alta entre las 42 principales economías del mundo, al cerrar el año con un alza de precios promedio de 28 por ciento. Lo siguen bien de lejos Pakistán, con 12,9 por ciento, Egipto con 11,8 por ciento, India con 11 por ciento, y Argentina con 10,8 por ciento. 

Un análisis realizado por el director de la Escuela de Economía de la UCV, José Guerra, destaca que Venezuela ha sido la economía de América Latina que más ingresos ha recibido producto de la recuperación de la economía global, pero también la que menos se ha beneficiado de tal recuperación. Muestra de ello son los siete trimestres consecutivos en los que ha estado hundida en el estancamiento y la recesión, explica el analista Guerra. 

Aunque las autoridades del Ministerio de Finanzas y del Banco Central de Venezuela se han comprometido a disminuir los índices de precios, no lo han podido conseguir debido a las distorsiones causadas por los controles de precio y de cambio y por la falta de una política antiinflacionaria que deje de reducir el poder adquisitivo de los ciudadanos. El BCV reportó que en los primeros nueve meses de 2010 la economía se contrajo 2,5 por ciento. 

Guerra calcula que al cierre del año la caída podría estar entre 2,4 por ciento y 2,6 por ciento. Este resultado ocurre en el contexto de un alza significativa de los precios del petróleo, los cuales pasaron de 57 dólares por barril en 2009 a 72 dólares el barril en 2010.
 
“Ello sugiere que elevados precios del petróleo ya no son una condición suficiente para que la economía recupere su senda de crecimiento. Precios del petróleo elevados implican mayores ingresos fiscales, pero no mayor actividad económica”, explica el analista. 

El desempleo está asociado al decrecimiento del PIB y se evidencia en el crecimiento de la tasa de cesantía abierta, que se ubicó en 8,7 por ciento al cierre de noviembre, a pesar de la inamovilidad laboral. En términos absolutos, la economía perdió 30.000 puestos de trabajo.

Así mismo a los analistas les preocupa el endeudamiento del país, que aunque es bajo no es lo más aconsejable para la volatil economía venezolana.

Más de 130 nuevos productos chilenos entrarán a EE. UU. libres de arancel

4 de enero de 2011 Deja un comentario

La Dirección de Relaciones Económicas (Direcon) de la Cancillería chilena destacó también en un comunicado que el 1 de enero del 2015 el comercio bilateral con Estados Unidos quedará completamente liberalizado.
La liberación de 134 nuevos productos desde el 1 de enero de 2011 responde a la desgravación arancelaria de la lista negociada a un plazo de ocho años en el TLC, precisó la Direcon en un comunicado, que recordó además que al entrar en vigor el TLC 10.143 productos chilenos, equivalente el 95,4% de la canasta exportadora chilena, quedaron con desgravación inmediata.
A partir del 1 de enero de 2007, se incluyeron alrededor de 200 productos más, como consecuencia del período de desgravación correspondiente a la categoría liberalizada a 4 años. 
Entre los productos liberados a partir de este mes se encuentran entre otros las cerezas conservadas, limones frescos, frambuesas congeladas y jugos de uva, que equivalen a exportaciones chilenas a Estados Unidos por aproximadamente 93 millones de dólares anuales.
Entre los años 2004 y 2009, según la Direcon, el intercambio Chile-EE.UU. alcanzó un crecimiento acumulado del 61,3%, a una media anual del 10%, pese a la crisis del año 2009, donde el comercio con dicho país se contrajo un 30,4%. 
Entre enero y septiembre de 2010, el intercambio bilateral sumó 12.118 millones de dólares, de los que 6.013 millones correspondieron a exportaciones chilenas, que en promedio aumentaron 4,5% en el período 2004-2009. 
Chile ocupa el quinto lugar como proveedor de bienes a Estados Unidos dentro de los países latinoamericanos, después de México, Venezuela, Brasil y Colombia, señaló la Direcon.

Colombia pedirá a EE. UU. dos años más de preferencias andinas y acelerar TLC

4 de enero de 2011 Deja un comentario

El vicepresidente de Colombia, Angelino Garzón, hizo el anuncio este martes, previo a una visita que realizará a Washington del 22 al 29 de enero. 
Garzón consideró «inentendible» que el pasado 22 de diciembre el Congreso estadounidense hubiera renovado por apenas seis semanas las preferencias que benefician a Colombia, Ecuador y Perú, por  su lucha contra las drogas.
«La visita tiene como propósito, en primer lugar, trabajar con el gobierno de los Estados Unidos y con el Congreso, lo referente a la ampliación de las preferencias arancelarias por dos años», dijo Garzón a la privada radio RCN, de Bogotá.
Tras señalar que vencen el 15 de febrero, dijo: «Necesitamos dos años de ampliación de estas preferencias como una forma de beneficiar a nuestros empresarios a nuestros trabajadores y trabajadoras como una forma de contribuir al desarrollo económico del país».
Estados Unidos es el principal socio comercial de Colombia y las preferencias arancelarias cubren 50% de sus exportaciones a ese país.
Washington también dialogará «con el gobierno de Estados Unidos, con el Congreso, con los sindicatos, con los empresarios y con ONG de derechos humanos, sobre la importancia que tiene para Colombia que se apruebe el TLC», agregó.
El vicepresidente colombiano resaltó que ese tratado fue firmado en 2006, pero última legislatura del Congreso estadounidense no lo ratificó por la posición de la mayoritaria bancada demócrata, que alegaba violaciones de los derechos humanos y sindicales en Colombia.
Garzón avanzó que en Washington va a «reiterarles» a sus interlocutores la política del presidente Juan Manuel Santos. «Un eje fundamental es el compromiso que tenemos como Estado de promover una política integral de respeto a los Derechos Humanos», puntualizó.